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Capítulo 30 Productos Farmacéuticos De La Nomenclatura Combinada
Él nomenclatura combinada (CAROLINA DEL NORTE) es la nomenclatura de mercancías del régimen aduanero común de la Unión Europea. Fue adoptado el 23 de julio de 1987 mediante el «Reglamento (CEE) Nº 2658/87 del Consejo sobre nomenclatura arancelaria y estadística y el arancel aduanero común».
Se utiliza para fijar el Arancel Aduanero Común (TARIC) y controlar de manera eficiente las estadísticas de comercio exterior de la Unión; tanto a nivel comunitario —exportaciones e importaciones entre los países miembros—, como a nivel extracomunitario —comercio exterior de los países miembros con el resto del mundo.
Composición
La nomenclatura combinada incluye:
- la nomenclatura del sistema armonizado;
- las subdivisiones comunitarias de dicha nomenclatura, denominadas ‘subpartidas NC’ cuando se especifican los tipos de derechos correspondientes;
- disposiciones preliminares, notas adicionales de sección o de capítulo y notas a pie de página referentes a subpartidas de la NC.
Código
La nomenclatura combinada otorga un código numérico de ocho dígitos a cada subpartida o tipo de mercancía. Las primeras seis cifras indican los títulos y subtítulos de la nomenclatura del sistema armonizado. Los dos últimos dígitos definen las subpartidas de la Nomenclatura Combinada. Adicionalmente, se añaden dos cifras más, que corresponden a la tarifa común, el TARIC (en caso de no especificarse, se pondrán dos ceros).
Por ejemplo, el código 5102 19 30 corresponde a la mercancía «lana de alpaca, llama o vicuña» y se desglosa de la siguiente manera:
- Sección XI – materias textiles y sus manufacturas
- Capítulo 51 – lana y pelo fino u ordinario; hilo y tela de crin de caballo
- Partida 5102 – Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar
- Subpartida 5102 19 – Los demás.
- Partida 5102 – Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar
- Capítulo 51 – lana y pelo fino u ordinario; hilo y tela de crin de caballo
Organización
La Nomenclatura Combinada se divide en 22 secciones (en números romanos), que se dividen en 99 capítulos en total.
No. | Salida |
---|---|
Sección I – Animales Vivos y Productos del Reino Animal | |
01 | Animales vivos |
02 | carne y despojos comestibles |
03 | Pescados y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos |
04 | Leche y productos lácteos; huevos de aves; miel natural |
05 | Otros productos de origen animal |
Sección II – Productos del Reino Vegetal | |
06 | Plantas vivas y productos florícolas |
07 | Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos comestibles |
08 | frutas y nueces comestibles; cáscaras de cítricos, melones o sandías |
09 | Café, té, yerba mate y especias |
10 | Cereales |
once | productos de molienda; malta; almidón y almidón; inulina; gluten de trigo |
12 | Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje |
13 | Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales |
14 | Materias trenzables y otros productos de origen vegetal |
Sección III – Grasas y Aceites Animales o Vegetales | |
quince | grasas y aceites animales o vegetales; productos de su escisión; grasas comestibles procesadas; ceras animales o vegetales |
Sección IV – Productos de la industria alimentaria, bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos | |
dieciséis | Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos |
17 | Azúcares y confitería |
18 | Cacao y sus preparados |
19 | Preparaciones a base de cereales, harina, fécula, almidón o leche; productos de pasteleria |
20 | Preparaciones de hortalizas, frutas, nueces u otras partes de plantas |
veintiuno | Preparaciones alimenticias misceláneas |
22 | Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre |
23 | Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales |
24 | tabaco y productos del tabaco |
Sección V – Productos Minerales | |
25 | Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos |
26 | Minerales metalíferos, escorias y cenizas |
27 | Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materiales bituminosos; ceras minerales |
Sección VI – Productos de las industrias químicas | |
28 | productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metales preciosos, elementos radiactivos, metales de tierras raras o isótopos |
29 | químicos orgánicos |
30 | Productos farmaceuticos |
31 | Fertilizantes |
32 | extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y otras materias colorantes; pinturas y barnices; masillas; tintas |
33 | aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumeria, de tocador o de cosmetica |
3. 4 | Jabones, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso de fraguado |
35 | sustancias albuminoideas; almidón modificado o productos de almidón; cruz; enzimas |
36 | pólvora y explosivos; fuegos artificiales; partidos (partidos); aleaciones pirofóricas; materiales inflamables |
37 | Productos fotográficos o cinematográficos |
38 | Productos diversos de las industrias químicas |
Sección VII – Materias plásticas y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas | |
39 | El plastico y sus articulos |
40 | Caucho y sus manufacturas |
Sección VIII – Cueros, pieles, peletería; guarnicionería y marroquinería | |
41 | Pieles (excepto peletería) y cuero |
42 | artículos de cuero; guarnicionería o artículos de talabartería; artículos de viaje, bolsos (monederos) y recipientes similares; fabricación de carcasas |
43 | Pieles y prendas de vestir de pieles; piel sintética o artificial |
Sección IX – Madera y sus manufacturas, corcho, carbón vegetal, manufacturas de trenzado o cestería | |
44 | Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera |
cuatro Cinco | Corcho y productos de corcho |
46 | Manufacturas de esparto o cestería |
Sección X – Pasta, papel y cartón | |
47 | pasta de madera o de otras materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (residuos y chatarra) |
48 | Papel y cartón; manufacturas de pasta, papel o cartón |
49 | Editorial, prensa y otros productos de la industria gráfica; textos y planos manuscritos o mecanografiados |
Sección XI – Materias textiles y sus manufacturas | |
cincuenta | Seda |
51 | Lana y pelo fino o basto; hilo y tela de crin de caballo |
52 | Algodón |
53 | Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel |
54 | Filamentos sintéticos o artificiales |
55 | Fibras cortadas artificiales |
56 | guata, fieltro y tela sin tejer; hilos especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería |
57 | Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil |
58 | tejidos especiales; superficies textiles tupidas; cordón; tapicería; recortes; bordado |
59 | Tejidos impregnados, revestidos, revestidos o laminados; articulos textiles tecnicos |
60 | Prendas de punto |
61 | Prendas de vestir y complementos (accesorios), prendas de vestir, de punto |
62 | Prendas de vestir y complementos (accesorios), prendas de vestir, excepto de punto |
63 | Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; ropa y trapos |
Sección XII – Calzado, tocados, sombrillas, bastones, plumas, flores artificiales | |
64 | Calzado, polainas y artículos similares; partes de estos artículos |
sesenta y cinco | Sombreros, demás tocados y sus partes |
66 | Paraguas, sombrillas, sombrillas, bastones, bastones asiento, látigos, látigos y sus partes |
67 | Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; Flores artificiales; manufacturas de cabello |
Sección XIII – Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto, mica, productos cerámicos y vidrio | |
68 | Manufacturas de piedra, yeso, cemento, amianto (amianto), mica o materiales similares |
69 | productos cerámicos |
70 | Vidrio y cristaleria |
Sección XIV – Perlas finas, piedras preciosas, metales preciosos, enchapados y sus manufacturas; joyería de imitación; monedas | |
71 | Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, enchapados en metales preciosos y manufacturas de estas materias; joyería de imitación; monedas |
Sección XV – Metales comunes y sus manufacturas | |
72 | Hierro fundido, hierro y acero |
73 | Manufacturas de hierro fundido o acero |
74 | El cobre y sus manufacturas. |
75 | Níquel y sus artículos |
76 | Aluminio y sus manufacturas |
77* | — |
78 | El plomo y sus manufacturas. |
79 | Cinc y sus manufacturas |
80 | Estaño y sus manufacturas |
81 | Otros metales comunes; cermets; fabricantes de estos materiales |
82 | Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y vajilla, de metal común; partes de los artículos anteriores, de metal común |
83 | Manufacturas diversas de metal comun |
Sección XVI – Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos para grabar o reproducir sonido, para reproducir imágenes y sonido en televisión, y sus partes y accesorios | |
84 | Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos |
85 | Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacion o reproduccion de sonido, aparatos de grabacion o reproduccion de imagen y sonido en television, y las partes y accesorios de estos aparatos |
Sección XVII – Equipo de transporte | |
86 | vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; dispositivos mecánicos, incluidos los electromecánicos de señalización para vías de comunicación |
87 | Vehículos de motor, tractores, bicicletas y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios |
88 | Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes |
89 | Barcos y otros artefactos flotantes |
Sección XVIII – Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos médicos y quirúrgicos; relojería; instrumentos musicales | |
90 | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos médicos y quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos |
91 | Relojes y sus partes |
92 | Instrumentos musicales; sus partes y accesorios |
Sección XIX – Armas, municiones y sus accesorios | |
93 | Armas, municiones y sus partes y accesorios |
Sección XX – Mercancías y productos varios (muebles, juguetes, anuncios y rótulos) | |
94 | Mueble; mobiliario médico-quirúrgico; ropa de cama y similares; aparatos de iluminación no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios luminosos, letreros y placas identificativas y artículos similares; edificios prefabricados |
95 | Juguetes, juegos y artículos para el esparcimiento o el deporte; sus partes y accesorios |
96 | Manufacturas misceláneas |
Sección XXI – Objetos de arte o de colección y antigüedades | |
97 | Objetos de arte o coleccionables y antigüedades |
Sección XXII – Montajes industriales y de otros productos | |
98 | Conjuntos industriales completos |
99 | Conjuntos y composiciones diversas |
- –
Objeto reservado para futuras expansiones.
- enlaces externos
- página oficial de la UE
- Reglamento (CEE) N° 2658/87 del Consejo de 23 de julio de 1987 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
Lista completa de epígrafes de la Nomenclatura Combinada en español
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Clasificación preparaciones Químicas: capítulos 30 al 38
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Fuente: es.wikipedia.org